En la sociedad que predomina la actualidad se habla muchos conceptos que, a pesar de ser objetivas, las definiciones que poseen se consideran relativas. Este hecho sucede porque nosotros mismos, conociendo dicho significado, no cumplimos con dicha objetividad, sino que más bien a los conceptos les añadimos un aspecto subjetivo. Esta breve redacción que acabo de escribir tiene su origen en una simple pregunta con una respuesta muy, a mi parecer, genérica, la cual es: ¿ tengo derecho?
Las personas tenemos una serie de derechos muy amplios que por desgracia hoy en dia no son cumplidos, y que se debe luchar porque ello se consiga. Cada clase que recibo, cada conocimiento que aprendo y descubro me hace ser más consciente de que el derecho civil trata de realizarlo, de que fue creado para eso y por muchas batallas que no gane jamás se rinde, lucha por ello, por lograr la igualdad...
sábado, 29 de octubre de 2016
sábado, 22 de octubre de 2016
Derechos subjetivos y objetivos
Esta semana se ha iniciado un nuevo tema en el que los primeros hechos que se han instruido han sido las dos definiciones que se hayan existentes dentro del significado de derecho. La familia de mi padre siempre trabajo en el interior del mundo del derecho, cual me ha ayudado a ser consciente de que el derecho tiene dos terminaciones bien diferenciadas. Por un lado se haya el termino objetivo, el cual posee su consistencia en un conjunto de normas, y respecto a la otra parte se encuentra el término subjetivo, que se trata de el poder existente de exigir algo a alguien. Algunos hechos importantes del término subjetivo son que es también definido como el lado activo de la relación jurídica.
A pesar de ser consciente de estas bien diferenciadas definiciones que posee el derecho, cada que pensaba en este término el primer pensamiento que surgía siempre era el de un poder capaz de cambiar el mundo, un poder que luchase por todo aquello que es justo de forma que los derechos y obligaciones que poseyesen las personas desde el día de su nacimiento hasta su muerte, se cumpliesen y asi que todo el mundo obtuviese todo aquello de lo que cada uno es merecedor. Sin embargo, el mundo se haya basado en una esfera de subjetividad, en el que el concepto de lo que es justo se considera un término muy relativo.
A pesar de ser consciente de estas bien diferenciadas definiciones que posee el derecho, cada que pensaba en este término el primer pensamiento que surgía siempre era el de un poder capaz de cambiar el mundo, un poder que luchase por todo aquello que es justo de forma que los derechos y obligaciones que poseyesen las personas desde el día de su nacimiento hasta su muerte, se cumpliesen y asi que todo el mundo obtuviese todo aquello de lo que cada uno es merecedor. Sin embargo, el mundo se haya basado en una esfera de subjetividad, en el que el concepto de lo que es justo se considera un término muy relativo.
sábado, 15 de octubre de 2016
El inicio de un nuevo tema
Esta semana se ha hablado mucho de los distintos tipos de personas que abundan en el campo del derecho civil, y lo cierto es que nunca había logrado comprender la definición exacta determinaba que lo que es una persona jurídica. Sin embargo, tras escuchar las explicaciones recibidas en clase sobre ello se que las personas jurídicas son la capacidad para ser titular de derechos y obligaciones. El fundamentalismo que posee este tema me ha ayudado a encontrar un pequeño porcentaje de la cohesión que tiene el campo de derecho civil.
Otro tema con el que, tanto he disfrutado como aprendido, es el de los diferentes ámbitos que existen en la sociedad actual. Dichos ámbitos son 3, denominando en primer lugar al ámbito público, el cual esta formado por corporaciones. El segundo ámbito, que es el privado, se halla compuesto por pequeñas sociedades corporativas de capital. En último lugar se halla el ámbito de organización social sin ánimo de lucro.
No son los únicos conceptos que he aprendido esta semana pero si los que han sabido captar mi atención de la correcta forma.
sábado, 8 de octubre de 2016
Libertades excesivas y temas complicados
Hasta hace unos cuantos años, las personas poseían una serie de derechos y libertades muy limitadas, sobretodo los niños y niñas. Esta semana se ha tratado una serie de diversos temas que han sido capaces de atraer y captar mi atención, como un gato atrapa a un ratón.
En la sociedad actual, todo hombre, niño y mujer goza de una serie de libertades y derechos que, a mi modo de parecer, en algunas circunstancias pueden llegar a ser excesivas. El que un joven menor de edad de 14 años sea libre para crear asociaciones o posea la capacidad de redactar testamentos, que menores de 16 años puedan pedir la emancipación juridica y la obtenga por medio de un juez o de sus tutores legales son libertades excesivas para personas tan jovenes. Con esas edades todavia se es un niño y se carece por completo tanto del razonamiento lógico como de la madurez y experiencia para proceder y comprender ese tipo tareas. Antes de los 18 no se deberían otorgar poderes de tal magnitud, pues incluso con 18 años es dificil comprender lo complicado que es realizar actos como esos y ejecutar.
Esta semana también se nos ha explicado otro tema que, en mi humilde opinión, posee un fundamentalismo de gran valor, el cual es sobre la incapacitación. La asignatura de derecho civil posee la percepción de que el fallecimiento de un miembro de la familia y personas de gran cercanía es solo la extinción de la personalidad, un mero trámite que carece de importancia alguna. Sin embargo, para nosotros el perder a un ser al que amamos es una pérdida horrible, cargada de un dolor, psicológico y emocional, que carece de cura y ayuda. Nunca desaparece y siempre lo sientes, pero con el tiempo aprendes a eludir a su presencia y comprendes la manera de convivir con él...
Tras el fallecimiento de todo ser se haya el momento de la herencia, es de recibir todas aquellas pertenencias, concretas y abstractas, que esa persona nos ha dejado, tema que posee una mayor complejidad de lo que yo imaginaba.
En la sociedad actual, todo hombre, niño y mujer goza de una serie de libertades y derechos que, a mi modo de parecer, en algunas circunstancias pueden llegar a ser excesivas. El que un joven menor de edad de 14 años sea libre para crear asociaciones o posea la capacidad de redactar testamentos, que menores de 16 años puedan pedir la emancipación juridica y la obtenga por medio de un juez o de sus tutores legales son libertades excesivas para personas tan jovenes. Con esas edades todavia se es un niño y se carece por completo tanto del razonamiento lógico como de la madurez y experiencia para proceder y comprender ese tipo tareas. Antes de los 18 no se deberían otorgar poderes de tal magnitud, pues incluso con 18 años es dificil comprender lo complicado que es realizar actos como esos y ejecutar.
Esta semana también se nos ha explicado otro tema que, en mi humilde opinión, posee un fundamentalismo de gran valor, el cual es sobre la incapacitación. La asignatura de derecho civil posee la percepción de que el fallecimiento de un miembro de la familia y personas de gran cercanía es solo la extinción de la personalidad, un mero trámite que carece de importancia alguna. Sin embargo, para nosotros el perder a un ser al que amamos es una pérdida horrible, cargada de un dolor, psicológico y emocional, que carece de cura y ayuda. Nunca desaparece y siempre lo sientes, pero con el tiempo aprendes a eludir a su presencia y comprendes la manera de convivir con él...
Tras el fallecimiento de todo ser se haya el momento de la herencia, es de recibir todas aquellas pertenencias, concretas y abstractas, que esa persona nos ha dejado, tema que posee una mayor complejidad de lo que yo imaginaba.
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